Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Me quedo con el abogado del seguro o contrato un abogado particular?

Sin entrar a discutir la profesionalidad de los abogados vinculados al seguro contratado, lo cierto es que no gozan de la misma objetividad y libertad de decisión que un abogado independiente de libre elección porque siempre estarán dirigidos por la propia entidad aseguradora.

¿La compañía aseguradora me cubre los honorarios profesionales que abone al abogado particular?

Sí, en virtud de la garantía de defensa jurídica que figura en la póliza, todo asegurado podrá recuperar el importe con el límite máximo contratado.

¿Tengo derecho a indemnización si viajaba como ocupante en el vehículo causante del accidente de tráfico?

Sí, siempre.

¿Tengo derecho a indemnización si no queda clara la responsabilidad del accidente?

Tiene derecho al 100% de la indemnización de las lesiones sufridas y al 50% de la indemnización por los daños materiales.

¿Tengo derecho a indemnización si soy el culpable del accidente?

No, aunque algunas pólizas de seguros incluyen una indemnización para el conductor que resulte gravemente lesionado con independencia de la responsabilidad del mismo.

¿Qué plazo tengo para reclamar la indemnización?

El plazo máximo para presentar la reclamación de la indemnización es de 1 año, desde la fecha del accidente o desde la estabilización o la curación de las lesiones.

¿Qué es y para qué sirve el Consorcio de Compensación de Seguros?

El CCS es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia creada para asegurar los riesgos o accidentes de carácter extraordinario y responder como «fondo de garantía» del Seguro Obligatorio del Automóvil (SOA) cuando se produzcan daños, en las circunstancias que a continuación se especifican: Vehículo sin seguro / Vehículo robado / Vehículo extranjero / Vehículo desconocido / Casos de controversia / Vehículos de entidades en liquidación.

¿Tengo que declarar en Hacienda la indemnización que recibo por un accidente de tráfico?

No. La indemnización que recibes por los daños y perjuicios sufridos en un accidente de tráfico, con carácter general, no tienes que incluirla en tu declaración de la renta. Se trata de una compensación por los daños sufridos, no de un ingreso o beneficio.

¿Qué son los centros adheridos al convenio UNESPA de asistencia sanitaria por accidentes de tráfico?

Son clínicas y centros médicos privados adheridos al Convenio de Asistencia Sanitaria derivada de Accidentes de Tráfico, promovido por UNESPA (la patronal de las aseguradoras). Estos centros atienden a los lesionados en un accidente de tráfico y facturan la asistencia directamente a la compañía aseguradora correspondiente, de modo que, en general, no tienes que adelantar el coste del tratamiento. UNESPA publica en su web el listado actualizado de centros adheridos.

¿Puedo elegir el centro médico donde hacer la rehabilitación?

Sí, puedes elegir el centro donde realizar la rehabilitación, siempre que sea un centro adherido al convenio UNESPA y que el tratamiento esté relacionado con las lesiones derivadas del accidente. Además, es importante que las sesiones de rehabilitación queden correctamente acreditadas.